Entra en vigor Ley Ingrid; prohíbe exhibición de cadáveres

Entra en vigor Ley Ingrid; prohíbe exhibición de cadáveres
HERMOSILLO, Sonora El pasado lunes 6 de junio se publicó en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado el decreto que adiciona el artículo 167 al Código Penal, para que sancionar a quienes por cualquier medio filtren, distribuyan o compartan imágenes de personas fallecidas; esto en concordancia con lo que establece la Ley Ingrid aprobado por la Cámara de Diputados, y que fue aprobado por el Congreso Local el 31 de marzo.Con base en la nueva disposición del Código Penal para el Estado de Sonora, establece que se le impondrán de 4 a 10 años de prisión y multa de 100 a 150 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien grabe, comercialice, comparta, intercambie, publique o reproduzca, imágenes, audios o videos de cadáveres, sea en el lugar de los hechos o del hallazgo o en domicilio público o privado.Añade que, la penalidad se incrementa hasta en una mitad tratándose de imágenes, audios o videos de cadáveres de mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad; y cuando el delito sea cometido por persona servidora pública integrante de cualquier institución de seguridad pública o de impartición o procuración de justicia, las penas se incrementarán hasta en una tercera parte.La llamada Ley Ingrid surgió a raíz de la difusión indebida en redes sociales y medios de comunicación, de las imágenes del cuerpo mutilado de una mujer a manos de su pareja, cuyo feminicidio ocurrió en la Ciudad de México el 9 de febrero 2020, y la divulgación masiva que indignó a la sociedad y exigió que pararan las filtraciones del expediente de la Fiscalía.